Caracteristicas del reaseguro

jueves, 27 de agosto de 2009

Caracteristicas del reaseguro

  • El reaseguro puede hacerse por todos los riesgos con los cuales opere la empresa (ya sea de forma individual cada uno o bien por el conjunto de su cartera de riesgos) o solo para determinados riesgos, como por ejemplo incendio o los más costosos para el asegurador (aeronáutica, otros).
  • El reaseguro es un nuevo contrato de seguros celebrado entre el asegurador y el reasegurador el cual tiene obligaciones recíprocas.
  • El asegurador es el único responsable ante el asegurado: no existe relación directa entre el asegurado y los reaseguradores.
  • Existe un solo asegurador, y uno o más reaseguradores.
  • La elección de las empresas reaseguradoras y el grado de implicación de ellas se da por cuenta del asegurador.
  • El reparto de primas e indemnizaciones puede hacerse de forma proporcional (habitualmente sobre cada póliza de seguro individualizada) o bien de forma no proporcional (habitualmente sobre el conjunto de todas las pólizas).
  • La finalidad última es preventiva para el asegurador: dispersión de riesgos.

Definicion de reaseguro

Definicion de reaseguro

El diccionario de derecho usual define el reaseguro como el seguro del seguro contrato en virtud del cual un nuevo asegurador toma sobre si, en todo o en parte, los riesgos asegurados por un primer asegurador, sin alterar las condiciones del primer contrato y cediéndole aquel o pagándole parte de la prima primitiva.

El reaseguro puede ser visto simplemente como el medio de que se vale la compañía de seguro (la compañía cedente). Que acepta operaciones directamente del público, para disminuir la responsabilidad que le incumbe, distribuyéndola entre otras compañías de reaseguros, quienes aceptan la responsabilidad por una participación correspondiente en la prima original.

El asegurado únicamente mantiene relación contractual con la aseguradora (cedente), y en ningún caso esa relación contractual se puede ver afectada por las relaciones entre el asegurador y los reaseguradores que pudieran tener acuerdos con el asegurador.

Concepto de Reaseguro y metodos de reaseguramiento

miércoles, 26 de agosto de 2009

Concepto de Reaseguro y metodos de reaseguramiento

¿Qué es el reaseguro?

El reaseguro es un método por el cual una aseguradora cede a un ente denominado reasegurador parte de los riesgos que asume con el fin de reducir el monto de su pérdida posible.

Método de reaseguramiento

Mediante el contrato de reaseguro, el asegurador (cedente) y el o los reaseguradores (aceptante/s) acuerdan ceder y aceptar, respectivamente, una parte o la totalidad de uno o más riesgos, fijándose cómo será el reparto de las primas devengadas de la asunción del riesgo (primas de la póliza del seguro) y también el reparto de los pagos por las responsabilidades derivadas del riesgo (pagos de los siniestros cubiertos por la póliza). Se pueden diferenciar dos grandes grupos de criterios para repartir las primas y las responsabilidades:

  • Reaseguro proporcional
  • Reaseguro no proporcional

Reaseguro proporcional:

La cuantía de la responsabilidad que corresponde al reasegurador en caso de siniestro se calcula con la proporción que resulta entre la prima recibida por él (prima cedida) y la prima total de la póliza. Por tanto el reasegurador participa de los siniestros y las primas en idéntica proporción.

Reaseguro no proporcional:

La cuantía de la responsabilidad que corresponde el reasegurador en caso de siniestro es el exceso sobre un determinado límite (denominado prioridad), los importes inferiores a esta prioridad son siempre por cuenta del asegurador. Por tanto el reasegurador solo responde ante los siniestros que superen un determinado valor (prioridad).

Clasificacion seguros por modalidad y ramo IV - Seguros Previsionales

lunes, 24 de agosto de 2009

Clasificacion seguros por modalidad y ramo IV - Seguros Previsionales

Seguros Previsionales

Entre estos se pueden tener:

  • Riesgo Común
  • Riesgo Profesional
  • Riesgo Laboral
  • Vitalicios
  • Invalidez
  • Muerte
  • Gastos Funerarios
  • Sistema de Reparto

Clasificacion seguros por modalidad y ramo III - Seguros de Personas

Clasificacion seguros por modalidad y ramo III - Seguros de Personas

Seguros de Personas

En este tipo de seguros se puede presentar los siguientes seguros:

  • Rentas
  • De vida Individual Largo Plazo
  • De vida Individual Corto Plazo
  • Defunción y/o Sepelio Largo Plazo
  • Defunción y/o Sepelio de Corto Plazo
  • De vida en grupo de Corto plazo
  • Salud o Enfermedad
  • Accidentes Personales
  • Desgravamen Hipotecario Largo plazo
  • Desgravamen Hipotecario Corto Plazo
  • Servicios de Pre-Pago
  • En este tipo de seguros se puede presentar los siguientes seguros:
  • Defunción y/o Sepelio
  • Salud o Enfermedad

Clasificacion seguros por modalidad y ramo II – Seguros de Fianzas y obligatorios

domingo, 23 de agosto de 2009

Clasificacion seguros por modalidad y ramo II – Seguros de Fianzas y obligatorios

Seguros de Fianzas

Dentro de los seguros de fianzas se puede tener:

  • Seriedad de Propuesta
  • Fidelidad de Empleados
  • Cumplimiento de Obra
  • Cumplimiento de Servicios
  • Cumplimiento de Suministros
  • Buena Ejecución de Obra
  • Inversión de Anticipos
  • Garantía de Cumplimiento de Obligaciones Aduaneras
  • Cumplimiento de Obligaciones y/o Derechos Contractuales
  • Créditos

Seguros Obligatorios

En este tipo de seguros se puede tener:

  • Accidentes de Tránsito

Clasificacion seguros por modalidad y ramo I – Seguros generales

Clasificacion seguros por modalidad y ramo I – Seguros generales

Una posible clasificación de los seguros según modalidad y ramo es la siguiente:

  • Seguros generales
  • Seguros de fianzas
  • Seguros obligatorios
  • Seguros de personas
  • Seguros previsionales

Seguros Generales

Dentro de los seguros generales se puede tener:

  • Incendio
  • Agropecuarios
  • Naves o Embarcaciones
  • Robo
  • Aeronavegación
  • Ramos Técnicos
  • Transportes
  • Salud o Enfermedad
  • Automotores
  • Responsabilidad Civil
  • Accidentes Personales

Terminologia en los seguros – Prima, Agravacion del riesgo, seguro de incendio

sábado, 22 de agosto de 2009

Terminologia en los seguros – Prima, Agravacion del riesgo, seguro de incendio

Prima:

Es el precio del seguro y debe pagarse en el domicilio del asegurador o en el lugar convenido entre las partes. Se adeuda desde la celebración del contrato pero no es exigible sino contra la entrega de la póliza.

Agravación del riesgo:

Toda agravación del riesgo asumido que a juicios de peritos hubiera impedido el seguro o modificado sus condiciones, es causa especial de rescisión del contrato de seguro. El asegurado tiene que denunciar al asegurador la agravación del riesgo.

Seguro de incendio:

El asegurador debe indemnizar el daño causado a los bienes por la acción directa o indirecta del fuego, así como por las medidas necesarias para extinguirlo u otras semejantes. Los daños que origine una explosión o rayo se hayan equiparado a los que causan los incendios.

El monto del resarcimiento se puede determinar por lo siguiente:

Para los edificios, por su valor en la época del siniestro.

Para las mercaderías elaboradas por el asegurado, según el costo de fabricación. Para otras mercaderías, por el precio de adquisición.

Para los animales, por el valor que tenían cuando se produjo el siniestro; para las materias primas, frutos cosechados y otros productos naturales conforme a los precios medios en el día del siniestro.

Para el moblaje del hogar y otros objetos de uso, herramientas y máquinas, por su valor en el momento del siniestro.

Terminologia en los seguros- la poliza

Terminologia en los seguros- la poliza

Póliza:

Es el instrumento del contrato de seguro y debe contener por lo general los siguientes datos:

  • Los nombres y domicilios de las partes.
  • El interés o la persona asegurada.
  • Los riesgos asumidos.
  • El momento desde el cual estos se asumen y el plazo.
  • La prima.
  • La suma asegurada.
  • Las condiciones generales del contrato.

De acuerdo con lo mencionado con anterioridad, las pólizas constan de dos partes. En la primera se insertan las cláusulas particulares del contrato. En la segunda figuran las condiciones generales del seguro del que se trate. Estas condiciones son uniformes para todos los contratos, se incluyen al dorso de la póliza y deben ser aprobadas por la autoridad reguladora del sector en cada país.

Seguro sobre cosas II – Seguro contra incendio, granizo, de automoviles

viernes, 21 de agosto de 2009

Seguro sobre cosas II – Seguro contra incendio, granizo, de automoviles

Seguro de transporte:

Puede ser marítimo pluvial, terrestre y aéreo, y cubre los riesgos que pesan sobre los medios de transportes, los efectos transportados y los pasajeros. La compañía indemniza al propietario de los medios de transporte los daños que estos puedan sufrir en el cumplimiento de su misión por diversos accidentes, conforme al capital asegurado. Este seguro también cubre los daños o lesiones que puedan sufrir los pasajeros como consecuencia de accidentes de transportes.

Seguro de cristales:

Con este seguro se prevé la indemnización a favor de una persona o empresa por los daños que puede acarrearle la rotura de los cristales de su negocio o propiedad.

Seguro contra robos:

Cubre la perdida que puede experimentar una persona por robos o hurtos.

Seguro de créditos:

Cubre el quebranto que le ocasiona a un apersona o empresa la insolvencia de sus prestatarios. Mediante una determinada prima la compañía de seguros se compromete a resarcirle esa pérdida y lo sustituye en las acciones que se pueden intentar para perseguir el cobro de la deuda.

Seguro de fidelidad de los empleados:

Lo toman las empresas para cubrirse de las pérdidas que pueden sufrir por infidelidad de sus empleados en caso de maniobras dolosas.

Seguro sobre cosas I – Seguro contra incendio, granizo, de automoviles

Seguro sobre cosas I – Seguro contra incendio, granizo, de automoviles

Dentro de esta clase de seguros, se encuentran por ejemplo seguros de las siguientes características:

Seguro contra incendio:

Con este seguro se cubre los bienes muebles e inmuebles contra el riesgo de los incendios. La compañía aseguradora indemniza al asegurado por el daño que hubieran sufrido los bienes objeto del seguro, a causa de un incendio, por su puesto siempre que este no haya sido intencional.

Seguro contra granizo:

Las plantaciones pueden resultar muy dañadas, con la caída del granizo, por lo cual este seguro presta un servicio de gran utilidad para los agricultores. Por lo general solo se indemniza por los daños que causa el granizo sin tener en cuenta las pérdidas que pueda haber originado las lluvias o el viento.

Seguro de automóviles:

Se pueden dar seguros de automóviles por:

Responsabilidad civil:

Por lesiones causadas a terceros y por daños producidos a cosas de estos. Si el dueño del automotor asegurado, causa por accidentes daños corporales o la muerte de un tercero, la compañía responde hasta un determinado importe.

Por daños materiales:

La indemnización por daños materiales es más reducida.

Seguro contra Incendio, accidente y robo:

La póliza ampara al propietario del vehículo contra estos riesgos de acuerdo con la suma asegurada. En el caso de accidentes el seguro cubre los daños sufridos por al automotor.

Seguros de personas – Clasificación de los seguros de vida II

Seguros de personas – Clasificación de los seguros de vida II

Clasificación de los seguros de vida de acuerdo al número de personas que cubran

Según que cubran a una o más personas los seguros pueden ser:

Seguros sobre una cabeza:

Se paga el seguro cuando fallece la persona asegurada.

Sobre dos o más cabezas:

Mediante este contrato se asegura la vida de dos o más personas y el seguro se paga cuando muere una de ellas a favor de la otra u otras.

Clasificación de los seguros de vida según el número de personas amparadas por la póliza

De acuerdo al número de personas amparadas por la póliza, los seguros pueden ser:

Seguros individuales:

Son los contratos por medio de los cuales se asegura una persona con un seguro de muerte, de vida o mixto.

Seguros colectivos:

En estos contratos se asegura la vida de numerosas personas. El seguro se paga a la muerte de estas, a los beneficiarios instituidos.

Clasificación de los seguros de vida según las cláusulas adicionales

Seguros con cláusulas adicionales:

De acuerdo con estas cláusulas la póliza puede prever otros beneficios.

Seguros sin cláusulas adicionales:

Son aquellos cuyas pólizas solo prevé el seguro de muerte, vida o mixto.

Seguros de personas – Clasificación de los seguros de vida I

jueves, 20 de agosto de 2009

Seguros de personas – Clasificación de los seguros de vida I

Seguros sobre personas:

El seguro sobre las personas comprende los seguros de vida, los seguros contra accidentes y los seguros contra enfermedades. En realidad, constituyen un solo grupo denominado seguro de vida, pues los seguros contra accidentes y enfermedades no son sino una variante de los seguros de vida.

Clasificación de los seguros de vida de acuerdo al riesgo que cubren

Seguros en caso de muerte:

En los seguros de este tipo, al fallecimiento del asegurado, el asegurador abona al beneficiario instituido por aquél, el importe del seguro.

Seguros en caso de vida:

En estos seguros la entidad aseguradora abona al asegurado el importe del seguro, siempre que viva al vencimiento de un determinado periodo de tiempo. También puede convenirse el pago de una renta periódica mientras viva el asegurado, a partir de una fecha establecida de antemano.

Seguros mixtos:

Constituyen una combinación de los seguros de muerte y de vida. Por lo tanto, el importe del seguro se paga a los beneficiarios si el asegurado muere antes de vencer el contrato, y se le entrega a él si supervive a esa fecha.

Clasificación de los seguros – Seguros privados

martes, 18 de agosto de 2009

Clasificación de los seguros – Seguros privados

Seguros privados:

Estos seguros son los que el asegurado contrata voluntariamente para cubrirse de ciertos riesgos, mediante el pago de una prima que se halla a su cargo exclusivo. Además de estas características se puede señalar lo siguiente:

Los seguros privados se concretan con la emisión de una póliza (el instrumento del contrato de seguro), en la que constan los derechos y obligaciones del asegurado y asegurador.

En la mayoría de los países, los seguros privados son el giro, en su mayoría de compañías privadas.

De acuerdo con su objeto, los seguros privados pueden clasificarse en:

  • Seguros sobre personas y
  • Seguros sobre cosas.

Clasificación de los seguros – Seguros sociales

Clasificación de los seguros – Seguros sociales

Los seguros pueden clasificarse de varios modos.

En primer lugar, según se hallen bajo amparo del Estado, o de la actividad aseguradora privada, se dividen en:

  • Seguros sociales y
  • Seguros privados.

Seguros sociales:

Los seguros sociales tienen por objeto amparar a la clase trabajadora contra ciertos riesgos, como la muerte, los accidentes, la invalidez, las enfermedades, la desocupación o la maternidad. Son obligatorios sus primas están a cargo de los asegurados y empleadores, y en algunos casos el Estado contribuye también con su aporte para la financiación de las indemnizaciones.

Otra de sus características es la falta de una póliza, con los derechos y obligaciones de las partes, dado que estos seguros son establecidos por leyes y reglamentados por decretos, en donde se precisan esos derechos y obligaciones.

El asegurado instituye al beneficiario del seguro, y si faltase esa designación serán beneficiarios sus herederos legales, como si fuera un bien ganancial.

El sistema de previsión para jubilaciones no es técnicamente un seguro, aunque por sus finalidades resulta tener una gran analogía.

¿Que es un seguro?

lunes, 17 de agosto de 2009

¿Que es un seguro?

Un seguro es un contrato entre partes, por el cual una de las partes (el asegurador) se obliga, mediante una prima que le abona la otra parte (el asegurado), a resarcir un daño o cumplir la prestación convenida ante la ocurrencia de un evento previsto, (este puede ser un accidente, un robo, un incendio, etc.)

El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de riesgos si existe interés asegurable, a excepción de aquellos prohibidos por ley.

Por ejemplo, el objeto del seguro puede ser:

  • Riesgos de incendios.
  • Riesgos en la producción agrícola.
  • Duración de la vida de uno o más individuos.
  • Riesgos de los transportes por aire, tierra o mar.

El asegurador por lo general es una compañía de seguros organizada bajo la forma de una sociedad anónima; pero también existen cooperativas y mutuales que cumplen el cometido.

El contrato de seguro es consensual, bilateral y aleatorio. Es consensual porque se perfecciona por el mero consentimiento de las partes y produce sus efectos desde que se ha realizado la convención; es bilateral puesto que origina derechos y obligaciones recíprocas entre asegurador y asegurado, y es aleatorio porque se refiere a la indemnización de una pérdida o de un daño producido por un acontecimiento o un hecho incierto, pues no se sabe si se va a producir y en el caso contrario – como ocurre con la muerte – no se sabe cuándo ello ha de ocurrir.