Definicion seguro, seguros directos, seguros de accidentes, seguro de caucion

domingo, 6 de septiembre de 2009

Definicion seguro, seguros directos, seguros de accidentes, seguro de caucion

SEGURO:

Es el contrato por el cual el asegurador se obliga a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista, y el asegurado o tomador a pagar la prima.
SEGUROS DIRECTOS:

Son los convenidos por una entidad aseguradora con una persona, natural o jurídica.
SEGUROS DE ACCIDENTES:

Es el que protege a las personas naturales contra los riesgos que afectan su integridad física, emergentes de hechos fortuitos, súbitos y violentos y que no comprenden los provenientes de enfermedades.
SEGURO DE CAUCION:

Es aquel por el que el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro (afianzado) de sus obligaciones legales o contractuales a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad, los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en la Ley o en el contrato. Todo pago hecho por el asegurador debe serle reembolsado por el tomador del seguro a cuyo efecto dicho asegurador deberá obtener las garantías suficientes.

Definicion Poliza de seguro, reaseguro, reservas técnicas

sábado, 5 de septiembre de 2009

Definicion Poliza de seguro, reaseguro, reservas técnicas

POLIZA DE SEGURO:

Documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se establecen las normas que de manera general y particular, regulan las relaciones contractuales entre el asegurado y asegurador, de acuerdo a lo determinado en la ley.

REASEGURO:

Instrumento técnico financiero del que se vale una entidad aseguradora para diversificar los riesgos de su cartera de bienes asegurados, mediante la cesión de parte o la totalidad de ellos a otra u otras entidades aseguradoras o reaseguradoras, a través de un contrato regulado por la ley.

RESERVAS TECNICAS:

Es el valor correspondiente a pasivos emergentes de las operaciones del seguro y del reaseguro que las entidades se encuentran obligadas a constituir y mantener permanentemente mediante procedimientos de cálculos preestablecidos.

Definicion corredor de seguros, corredor de reaseguros, entidad aseguradora, entidad reaseguradora

Definicion corredor de seguros, corredor de reaseguros, entidad aseguradora, entidad reaseguradora
CORREDOR DE SEGUROS:

Es la persona jurídica que realiza la actividad comercial de intermediar en seguros privados sin mantener vínculo contractual con ninguna entidad aseguradora.

CORREDOR DE REASEGUROS:

Es la persona jurídica que actúa como intermediario en la contratación de coberturas de reaseguros sin mantener vínculo contractual con ninguna entidad aseguradora o reaseguradora.

ENTIDAD ASEGURADORA:

Es la Sociedad Anónima de giro exclusivo en la administración de seguros, autorizada por la Superintendencia. Comprende las entidades aseguradoras directas, las reaseguradoras y las entidades de prepago.

ENTIDAD REASEGURADORA:

Es la entidad que acepta de otra entidad aseguradora riesgos o un conjunto de ellos, asumiendo responsabilidad ante la cedente por los mismos.

Definicion Actividad aseguradora, accidente, agente de seguros, capital de riesgo

viernes, 4 de septiembre de 2009

Definicion Actividad aseguradora, accidente, agente de seguros, capital de riesgo

ACTIVIDAD ASEGURADORA:

Comprende la otorgación de coberturas y la asunción de riesgos de personas naturales o jurídicas, incluyendo las propias entidades aseguradoras y de todo otro servicio que implique cubrir riesgos y el prepago de servicios de índole similar al seguro.

ACCIDENTE:

Acto o hecho que deriva de una causa violenta, súbita, externa e involuntaria, que produce daños en las personas o en las cosas.

AGENTE DE SEGUROS:

Es la persona natural vinculada a una entidad aseguradora, mediante un contrato, que se dedica a la intermediación y a la gestión comercial de contratos de seguros.

CAPITAL DE RIESGO: Es la suma de los montos asegurados directamente en vida, mas los montos de reaseguros aceptados por este mismo concepto, menos las reservas matemáticas respectivas.