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El origen del negocio asegurador – orígenes de los seguros (parte I)
Definicion seguro, seguros directos, seguros de accidentes, seguro de caucion
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SEGURO:
Es el contrato por el cual el asegurador se obliga a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista, y el asegurado o tomador a pagar la prima.
SEGUROS DIRECTOS:
Son los convenidos por una entidad aseguradora con una persona, natural o jurídica.
SEGUROS DE ACCIDENTES:
Es el que protege a las personas naturales contra los riesgos que afectan su integridad física, emergentes de hechos fortuitos, súbitos y violentos y que no comprenden los provenientes de enfermedades.
SEGURO DE CAUCION:
Es aquel por el que el asegurador se obliga, en caso de incumplimiento por el tomador del seguro (afianzado) de sus obligaciones legales o contractuales a indemnizar al asegurado a título de resarcimiento o penalidad, los daños patrimoniales sufridos dentro de los límites establecidos en
Definicion Poliza de seguro, reaseguro, reservas técnicas
Definicion Poliza de seguro, reaseguro, reservas técnicas
POLIZA DE SEGURO:
Documento que instrumenta el contrato de seguro, en el que se establecen las normas que de manera general y particular, regulan las relaciones contractuales entre el asegurado y asegurador, de acuerdo a lo determinado en la ley.
REASEGURO:
Instrumento técnico financiero del que se vale una entidad aseguradora para diversificar los riesgos de su cartera de bienes asegurados, mediante la cesión de parte o la totalidad de ellos a otra u otras entidades aseguradoras o reaseguradoras, a través de un contrato regulado por la ley.
RESERVAS TECNICAS:
Es el valor correspondiente a pasivos emergentes de las operaciones del seguro y del reaseguro que las entidades se encuentran obligadas a constituir y mantener permanentemente mediante procedimientos de cálculos preestablecidos.
Definicion corredor de seguros, corredor de reaseguros, entidad aseguradora, entidad reaseguradora
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CORREDOR DE SEGUROS:
Es la persona jurídica que realiza la actividad comercial de intermediar en seguros privados sin mantener vínculo contractual con ninguna entidad aseguradora.
CORREDOR DE REASEGUROS:
Es la persona jurídica que actúa como intermediario en la contratación de coberturas de reaseguros sin mantener vínculo contractual con ninguna entidad aseguradora o reaseguradora.
ENTIDAD ASEGURADORA:
Es
ENTIDAD REASEGURADORA:
Es la entidad que acepta de otra entidad aseguradora riesgos o un conjunto de ellos, asumiendo responsabilidad ante la cedente por los mismos.
Definicion Actividad aseguradora, accidente, agente de seguros, capital de riesgo
Definicion Actividad aseguradora, accidente, agente de seguros, capital de riesgo
ACTIVIDAD ASEGURADORA:
Comprende la otorgación de coberturas y la asunción de riesgos de personas naturales o jurídicas, incluyendo las propias entidades aseguradoras y de todo otro servicio que implique cubrir riesgos y el prepago de servicios de índole similar al seguro.
ACCIDENTE:
Acto o hecho que deriva de una causa violenta, súbita, externa e involuntaria, que produce daños en las personas o en las cosas.
AGENTE DE SEGUROS:
Es la persona natural vinculada a una entidad aseguradora, mediante un contrato, que se dedica a la intermediación y a la gestión comercial de contratos de seguros.
CAPITAL DE RIESGO: Es la suma de los montos asegurados directamente en vida, mas los montos de reaseguros aceptados por este mismo concepto, menos las reservas matemáticas respectivas.
Caracteristicas del reaseguro
Caracteristicas del reaseguro
- El reaseguro puede hacerse por todos los riesgos con los cuales opere la empresa (ya sea de forma individual cada uno o bien por el conjunto de su cartera de riesgos) o solo para determinados riesgos, como por ejemplo incendio o los más costosos para el asegurador (aeronáutica, otros).
- El reaseguro es un nuevo contrato de seguros celebrado entre el asegurador y el reasegurador el cual tiene obligaciones recíprocas.
- El asegurador es el único responsable ante el asegurado: no existe relación directa entre el asegurado y los reaseguradores.
- Existe un solo asegurador, y uno o más reaseguradores.
- La elección de las empresas reaseguradoras y el grado de implicación de ellas se da por cuenta del asegurador.
- El reparto de primas e indemnizaciones puede hacerse de forma proporcional (habitualmente sobre cada póliza de seguro individualizada) o bien de forma no proporcional (habitualmente sobre el conjunto de todas las pólizas).
- La finalidad última es preventiva para el asegurador: dispersión de riesgos.
Definicion de reaseguro
Definicion de reaseguro
El diccionario de derecho usual define el reaseguro como el seguro del seguro contrato en virtud del cual un nuevo asegurador toma sobre si, en todo o en parte, los riesgos asegurados por un primer asegurador, sin alterar las condiciones del primer contrato y cediéndole aquel o pagándole parte de la prima primitiva.
El reaseguro puede ser visto simplemente como el medio de que se vale la compañía de seguro (la compañía cedente). Que acepta operaciones directamente del público, para disminuir la responsabilidad que le incumbe, distribuyéndola entre otras compañías de reaseguros, quienes aceptan la responsabilidad por una participación correspondiente en la prima original.
El asegurado únicamente mantiene relación contractual con la aseguradora (cedente), y en ningún caso esa relación contractual se puede ver afectada por las relaciones entre el asegurador y los reaseguradores que pudieran tener acuerdos con el asegurador.